DECLARACIÓN DE MONUMENTO NATURAL A LA LAGARTIJA DE LAS DUNAS (LIOLAEMUS MULTIMACULATUS)

El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de Ley 14960

Artículo 1.- Declárase Monumento Natural a la Lagartija de las Dunas (Liolaemus multimaculatus), en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires.

Artículo 2.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley de acuerdo lo establece el artículo 11 incisos a), b), c) de la Ley № 10.907.

Artículo 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Compartimos la declaración de monumento natural a la lagartija de las dunas (liolaemus multimaculatus)